El ARBITRAJE es un sistema para la
resolución de conflictos y controversias entre particulares, profesionales o
empresas (amparado en la
Ley 60/2003 de Arbitraje)
, y cuya aplicación
EVITA
acudir a los Juzgados.
Por
medio del procedimiento arbitral,
se evitan los elevados costes y
la prolongación en el tiempo
que supone
someter un litigio a los tribunales de justicia
ordinarios, ofreciendo una
solución ágil, rápida, eficaz,
económica, segura y técnica
de las controversias, interpretaciones, incumplimientos o
ejecuciones que puedan surgir entre las partes en un
contrato o vínculo jurídico-contractual.
Es un
procedimiento
sencillo por el
cuál, las partes someten a un árbitro experto en la
materia objeto de litigio y que emite la decisión final
sobre el problema planteado. El árbitro, es la persona
encargada de resolver por medio del denominado
Laudo,
decisión final del procedimiento arbitral,
equivalente
a todos los efectos a una sentencia firme de los Juzgados.
Acceso al Servicio de Documentación
ASGAME (ENTRAR)....
VENTAJAS ARBITRAJE
Celeridad
en la resolución del conflicto. El plazo máximo para dictar
el laudo es de 6 MESES.
Económico. Reducción de gastos y costes en comparación
con la carestía de la vía judicial. Vía
eficaz de resolución de controversias. Actuación de
profesionales y expertos en la materia que sea objeto de
arbitraje.
Satisfacción de intereses
personales y económicos.
Mediación entre las
partes en disputa.
Confidencialidad y control
del procedimiento.
Evita
litigios futuros.
UTILIZAR EL ARBITRAJE
El
arbitraje como medio alternativo a la vía judicial, reporta
soluciones y beneficios a la persona que decide utilizarlo:
Tiene la misión de mediar entre las partes para llegar a una
solución rápida y efectiva. Desarrolla un método que
evitar litigios prolongados en el tiempo. Reduce de
manera considerable los costes, gastos y honorarios
obligatorios en vía judicial.
EFECTIVIDAD DEL ARBITRAJE
En base a la Ley 60/2003, la
finalización del procedimiento arbitral se produce por la
emisión del denominado laudo.
En términos judiciales, el laudo
equivale a una sentencia,
produciendo sus mismos efectos con carácter vinculante para
las partes.
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